TesIA Aux-Admin Bloque: Bloque 1: Organización Pública ID: 1irjP2ebifSE6yZinWqs

R2. (Reserva) El TREBEP define a los funcionarios interinos para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera cuando se dé la siguiente circunstancia:

  1. A) a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera.
  2. B) b) La sustitución permanente de los titulares.
  3. C) c) La ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una duración superior a 2 años.
  4. D) d) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de 9 meses, dentro de un período de 12 meses.

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Art. 10 TREBEP.

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