27. De acuerdo con el artículo 10 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán:
- A) Nulos y sin efecto.
- B) Anulables.
- C) Nulos o anulables, según el tipo de discriminación sea muy grave o grave, respectivamente.
- D) Anulables o irregulares pero no invalidantes, según el tipo de discriminación sea grave o leve, respectivamente.
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La respuesta correcta es A. La ley establece la nulidad para los actos discriminatorios por razón de sexo.