7. Según la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, ¿cuál de las siguientes facultades podrá ejercer el Presidente del Gobierno en funciones?
- A) Proponer al Rey la convocatoria de un referéndum consultivo.
- B) Plantear la cuestión de confianza.
- C) Proponer al Rey la disolución de alguna de las Cámaras, o de las Cortes Generales.
- D) Aprobar decretos leyes.
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La respuesta correcta es D. El artículo 21.3 de la Ley 50/1997, del Gobierno, establece que el Gobierno en funciones no podrá ejercer, entre otras, las facultades de proponer al Rey la disolución de las Cámaras, plantear la cuestión de confianza o proponer la convocatoria de un referéndum consultivo. Sin embargo, sí puede aprobar decretos leyes en casos de extraordinaria y urgente necesidad.