TesIA Aux-Admin Bloque: Bloque 1: Organización Pública ID: Bn31NrPvjPiA2ycOZfxX

23. Conforme al artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, son funcionarios interinos los que, por razones expresamente justificadas de necesi dad y urgencia, son nombrados como tales con carácter temporal para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

  1. A) La existencia de plazas vacantes, cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera, por un máximo de un año, en los términos previstos en el apartado 4 del mismo artículo.
  2. B) La sustitución transitoria de los titulares, durante el tiempo estrictamente necesario.
  3. C) La ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una duración superior a tres años, ampliable hasta dieciocho meses más por las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto.
  4. D) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de doce meses, dentro de un periodo de dieciocho meses.

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La respuesta correcta es B. La sustitución transitoria de titulares es una causa para nombrar funcionarios interinos.

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