S4. Según la Ley 39/2015, los poderes inscritos en el registro electrónico de apoderamiento tendrán una validez:
- A) a) Indefinida.
- B) b) Máxima de 12 meses.
- C) c) Máxima de cinco años.
- D) d) Por el plazo que determine libremente el poderdante.
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Art. 6.4 Ley 39/2015.