R1. La supresión de las Comisiones Delegadas del Gobierno, al hilo de lo dispuesto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno:
- A) Será acordada por el Presidente del Gobierno mediante Real Decreto, a propuesta del Consejo de Ministros.
- B) Será acordada por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro o Ministros competentes en la materia.
- C) Será acordada por el Presidente del Gobierno mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro o Ministros competentes en la materia.
- D) Será acordada por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto, a propuesta del Presidente del Gobierno.
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La respuesta correcta es A. El artículo 23.2 de la Ley 50/1997 establece que la supresión será acordada por el Presidente.