TesIA Aux-Admin Bloque: Bloque 2: Derecho Administrativo ID: QQasiPSR2PrAWTeF8jVv

S50. De acuerdo con la Ley 40/2015, la sede electrónica se define como:

  1. A) Aquella dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias.
  2. B) El punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, organismo público o entidad de Derecho Público que permite el acceso a través de internet a la información publicada y a la sede electrónica correspondiente.
  3. C) El sistema de identificación mediante sello electrónico utilizado para identificarse ante las Administraciones Públicas.
  4. D) Cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública.

Feedback de la pregunta

La respuesta correcta es A. Se refiere al espacio digital donde las administraciones públicas ofrecen información y servicios a los ciudadanos.

Chat de la pregunta

Todavía no hay mensajes públicos para esta pregunta.