S2. Según la Ley 40/2015, los documentos electrónicos que contengan actos que afecten a particulares deberán conservarse en:
- A) a) El Archivo General de la Administración.
- B) b) Soportes de naturaleza electrónica.
- C) c) Cualquier formato o soporte.
- D) d) Siempre en formato papel.
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Art. 46 Ley 40/2015.