14. El TREBEP regula entre las sanciones que se pueden imponer por razón de las faltas cometidas la siguiente:
- A) La reducción de retribuciones proporcional a la falta cometida.
- B) La pérdida de hasta dos niveles del grado personal consolidado.
- C) El demérito.
- D) Una multa proporcional a la falta cometida.
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Art. 96 TREBEP: Entre las sanciones se incluye el demérito, que consiste en la penalización a efectos de carrera, promoción o movilidad voluntaria .