TesIA Aux-Admin Bloque: Bloque 2: Derecho Administrativo ID: v4OU5eTkRqgxPCyFvRS7

R2. En relación con el objeto del recurso contencioso - administrativo, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa - administrativa:

  1. A) Es admisible frente a actos de trámite que no impidan continuar el procedimiento.
  2. B) Es admisible frente a actos que no hayan sido recurridos en tiempo y forma.
  3. C) Es admisible frente a los actos dictados en aplicación de una disposición general que no haya sido impugnada.
  4. D) Es admisible respecto a actos que sean reproducción de otros anteriores firmes.

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La respuesta correcta es D. El artículo 25.1.b de la LJCA permite impugnar actos dictados en aplicación de una disposición general no impugnada.

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