1. Señale la respuesta INCORRECTA de acuerdo con el Título II, artículo 62 de la Constitución Española de 1978. Corresponde al Rey:
- A) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución, previa autorización de las Cortes Generales.
- B) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.
- C) Proponer el candidato a Presidente de Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.
- D) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.
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La respuesta correcta es A. El artículo 62.c de la Constitución Española de 1978 establece que corresponde al Rey "Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución". Sin embargo, la autorización de las Cortes Generales no es una condición universal para *todos* los referéndums que el Rey puede convocar según la Constitución (por ejemplo, en el caso de reforma constitucional del artículo 167.3, la solicitud puede venir de una décima parte de los miembros de las Cámaras). Por lo tanto, la inclusión de "previa autorización de las Cortes Generales" como una condición general para todos los casos hace que la afirmación sea incorrecta.